LA TERCERA REPÚBLICAun proyecto de refundación de Rumanía
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La Constitución de la Soberanía — proyecto de revisión de la Constitución de Rumanía

La exposición de motivos: Exposición de motivos — La Constitución de la Soberanía

Traducción íntegra. El texto rumano sigue siendo el que da fe.

LA TERCERA REPÚBLICA

«La Constitución de la Soberanía» — proyecto de revisión de la

Constitución de Rumanía

ARTÍCULO ÚNICO → los motivos

La Constitución de Rumanía de 21 de noviembre de 1991, republicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 767 de 31 de octubre de 2003, se modifica y completa como sigue:

En el artículo 1, los apartados (4) y (5) se modifican y tendrán el siguiente contenido: → los motivos

«(4) El Estado se organiza según los principios de la separación, el equilibrio y la cooperación leal de los tres poderes iguales —legislativo, ejecutivo y judicial— en el marco de la democracia constitucional. El poder legislativo está representado por el Parlamento, el poder ejecutivo por el Gobierno y los demás órganos especializados de la administración pública central, y el poder judicial por el Alto Tribunal de Casación y Justicia y los demás tribunales.»

«(5) En Rumanía, la observancia de la Constitución y de su supremacía, de las leyes, así como la observancia de las resoluciones judiciales y de las decisiones del Tribunal Constitucional, es obligatoria.»

En el artículo 19 se deroga el apartado (2). → los motivos

En el artículo 21, el apartado (3) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(3) Las partes tienen derecho a un proceso equitativo y a la resolución de sus causas en un plazo razonable, óptimo y previsible, por un tribunal independiente e imparcial establecido por la ley.»

En el artículo 22, el apartado (2) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(2) Nadie podrá ser sometido a tortura ni a pena o trato inhumano, degradante o experimental de ningún tipo.»

En el artículo 22, después del apartado (3), se introducen los apartados (4), (5) y (6), con el siguiente contenido: → los motivos

«(4) La identidad sexual biológica del niño, adquirida al nacer, no podrá ser alterada antes de los 18 años.

(5) El derecho de la persona a la autodeterminación y a desarrollarse libremente conforme a su propia voluntad, con el debido respeto de su condición de persona responsable, como atributos de la dignidad humana, son derechos humanos inalienables y están garantizados y protegidos por el Estado rumano.

(6) Ninguna autoridad, institución o persona podrá, mediante mecanismo tecnológico alguno, aumentar, disminuir, perturbar o alterar la integridad física o psíquica individual de una persona sin el consentimiento escrito, expreso, informado y libremente expresado de esa persona o, tratándose de una persona sujeta a interdicción judicial o de un paciente incapaz de expresar su voluntad, sin el consentimiento escrito, expreso, informado y libremente expresado del representante legal.»

En el artículo 23, el apartado (4) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(4) Excepcionalmente y de forma motivada, la instrucción y el juicio en el proceso penal se desarrollarán con la persona privada de libertad. La prisión preventiva será acordada por el juez del tribunal competente para conocer del fondo del asunto, en las condiciones de la ley, sólo si es estrictamente necesaria para el buen desarrollo del proceso penal y únicamente en el curso de éste, tras haberse ejercitado la acción penal.»

En el artículo 23, después del apartado (13), se añaden los apartados (14) y (15), con el siguiente contenido: → los motivos

«(14) Ningún ciudadano rumano podrá ser sometido a vigilancia o seguimiento, ni podrán interceptarse sus conversaciones o comunicaciones, sin la autorización previa de un juez dictada conforme a la ley, y tales medidas serán ejecutadas únicamente por los órganos de instrucción penal. Queda prohibido el uso en el proceso de documentos y grabaciones obtenidos con infracción de las normas legales que los regulan, o producidos por órganos distintos de los de instrucción penal.

(15) En ninguna situación y por ningún motivo podrá invocarse la existencia de un derecho colectivo para limitar la libertad individual.»

En el artículo 24, después del apartado (2), se añaden los apartados (3) a (5), con el siguiente contenido: → los motivos

«(3) El derecho de defensa podrá ejercerse directamente o mediante letrado de libre elección, sin que sea posible condicionar el acceso a los documentos de una causa pendiente ante la fiscalía o los tribunales a la posesión de una autorización o certificado expedido por autoridad pública alguna.

(4) Queda prohibido a los órganos de instrucción penal, a cualquier tribunal y a cualquier autoridad o institución utilizar documentos o informaciones clasificados a los que una persona o su letrado de libre elección no tenga acceso sin autorización previa, cuando en virtud de tales documentos o sobre la base de ellos se restrinja algún derecho de esa persona o se afecte algún interés legítimo suyo.»

(5) A lo largo de todo el proceso penal se garantiza al más alto nivel el principio de igualdad de armas entre la acusación y la defensa.»

En el artículo 27, el apartado (3) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(3) El registro será acordado por el juez del tribunal competente para conocer del fondo del asunto y se practicará en las condiciones y formas previstas por la ley, y únicamente con la finalidad y dentro de los límites establecidos en el mandamiento de registro. Las informaciones y los bienes buscados se identificarán expresamente en el mandamiento de registro, que se expedirá sólo de forma motivada y sólo si el registro es absolutamente necesario para el descubrimiento de los delitos investigados en la fecha en que se solicite la autorización.»

En el artículo 28, después del apartado (1), se introducen tres nuevos apartados, (2), (3) y (4), como sigue: → los motivos

«(2) Las autoridades públicas garantizarán el secreto de la correspondencia.

(3) La interceptación y grabación de conversaciones o comunicaciones realizadas por teléfono o por cualquier otro medio electrónico de comunicación, la grabación ambiental, la localización o el seguimiento por GPS o por otros medios electrónicos de vigilancia, la grabación de imágenes, la obtención del listado de llamadas telefónicas u otras técnicas similares previstas por la ley serán acordadas por el juez de derechos y libertades del tribunal materialmente competente para conocer del fondo del asunto, sólo por motivos fundados, si tales medidas son absolutamente necesarias para probar el delito respecto del cual existe sospecha razonable, y serán ejecutadas únicamente por los órganos de instrucción penal.»

(4) Cuando exista urgencia particular en adoptar alguna de las medidas previstas en el apartado (2), el fiscal podrá, con carácter provisional, ordenar mediante auto, respetando las condiciones establecidas por la ley, que la medida se adopte por un plazo no superior a 48 horas. Inmediatamente después de adoptada la medida, el fiscal se dirigirá al tribunal competente, que se pronunciará sobre la medida ordenada por el fiscal y, si así se solicita, sobre su continuación. Si se deja sin efecto la medida ordenada por el fiscal, el tribunal ordenará, en su caso, la destrucción de las pruebas obtenidas, practicada por el fiscal mediante acta que se depositará en el tribunal.»

En el artículo 32, después del apartado (7), se añade el apartado (8), con el siguiente contenido: → los motivos

«(8) Para la financiación de la educación nacional se asignará anualmente, con cargo al presupuesto del Estado y a los presupuestos de las autoridades públicas locales, un mínimo del 6 % del producto interior bruto del año correspondiente. Además, las unidades e instituciones de enseñanza podrán obtener y utilizar autónomamente ingresos propios.»

En el artículo 34, después del apartado (3), se añaden los apartados (4) y (5), con el siguiente contenido: → los motivos

«(4) Nadie podrá ser sometido contra su voluntad a tratamiento profiláctico o médico alguno, ni a la extracción o el trasplante de órganos. Los tratamientos médicos sólo son posibles con consentimiento escrito, completo y honestamente informado.

(5) Para la financiación de la sanidad nacional se asignará anualmente, con cargo al presupuesto del Estado y a los presupuestos de las autoridades públicas locales, un mínimo del 9 % del producto interior bruto del año correspondiente. Además, las unidades e instituciones sanitarias podrán obtener y utilizar autónomamente ingresos propios.»

En el artículo 37, después del apartado (2), se añade el apartado (3), con el siguiente contenido: → los motivos

«(3) El derecho a ser elegidos de los ciudadanos rumanos que reúnan las condiciones establecidas en los apartados anteriores no podrá restringirse sino por sentencia penal firme.»

En el artículo 40, el apartado (3) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(3) No podrán pertenecer a partidos políticos: los jueces del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo, los jueces y fiscales nacionales y el personal asimilado a ellos, los magistrados europeos, los miembros en activo de las fuerzas armadas y de los servicios de información, los agentes de policía y otras categorías de funcionarios públicos establecidas por ley orgánica. Estas categorías profesionales no podrán pertenecer a partidos políticos ni desempeñar cargos públicos designados o electivos durante un periodo de 5 años tras cesar en el ejercicio de dichas funciones.»

En el artículo 44, después del apartado (9), se añade el apartado (10), con el siguiente contenido: → los motivos

«(10) El ciudadano rumano tiene derecho a conservar, utilizar y disponer libre e incondicionalmente de sus bienes, conforme a su propia voluntad. La obtención, tenencia y utilización de cualquier moneda en efectivo no podrán limitarse ni condicionarse.»

En el artículo 48, los apartados (1) y (2) se modifican y tendrán el siguiente contenido: → los motivos

«(1) La familia se funda en el matrimonio libremente consentido entre dos seres humanos de sexo opuesto cuya identidad sexual adquirida al nacer no haya sido alterada, en su igualdad y en el derecho y el deber de los padres de asegurar la crianza, la educación y la instrucción de sus hijos.

(2) Las condiciones para celebrar, disolver, extinguir y anular el matrimonio se establecerán por ley. La unión religiosa entre un hombre y una mujer no produce efectos jurídicos y podrá celebrarse incluso sin haberse contraído matrimonio civil.»

El artículo 52 se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(1) La persona lesionada en alguno de sus derechos o en un interés legítimo por una autoridad pública, por un órgano judicial o por un tribunal, mediante acto administrativo, mediante la falta de resolución de una solicitud en el plazo legal, mediante actos del fiscal o mediante resoluciones judiciales, tiene derecho a obtener el reconocimiento del derecho o interés legítimo invocado, la anulación del acto o de la resolución judicial y la reparación del daño.

(2) Las condiciones y los límites del ejercicio de este derecho se establecerán por ley orgánica.

(3) El Estado responde patrimonialmente de los daños causados por errores judiciales. La responsabilidad del Estado se determina en las condiciones de la ley y no excluye la responsabilidad de los magistrados que hayan ejercido su función de mala fe o con culpa grave.

(4) La responsabilidad de los magistrados por el ejercicio de su función de mala fe o con culpa grave se establecerá por ley orgánica, que deberá comprender la responsabilidad civil, disciplinaria y penal del magistrado que causó la lesión del derecho o del interés legítimo.

(5) Los derechos y la responsabilidad de los jueces y fiscales tal como existen en la fecha de su acceso a la función no podrán verse disminuidos por ley posterior a su nombramiento por decreto del Presidente.»

En el artículo 62, el apartado (2) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(2) Estarán representados en el Parlamento de Rumanía los ciudadanos que hayan votado por un partido que haya obtenido al menos el 1 % de los votos de la población, así como los parlamentarios independientes que hayan obtenido al menos 73.000 votos para la Cámara de Diputados y 168.000 votos para el Senado. Las firmas de apoyo a las candidaturas de los partidos políticos y de los candidatos independientes podrán recogerse también en línea, pudiendo los ciudadanos firmar con cualquier forma de firma digital reconocida por la ley.»

En el artículo 65, después de la letra k) del apartado (2), se añade una nueva letra l), con el siguiente contenido: → los motivos

«l) Designa al Fiscal General de la Fiscalía adscrita al Alto Tribunal de Casación y Justicia y a los Fiscales Jefes de la Dirección Nacional Anticorrupción y de la Dirección de Investigación de la Delincuencia Organizada y el Terrorismo.»

En el artículo 70, después del apartado (2), se introduce el apartado (3), con el siguiente contenido: → los motivos

«(3) El mandato de diputado o senador cesa también cuando su titular sea destituido mediante referéndum local convocado en la circunscripción electoral en la que fue elegido por 7.300 ciudadanos en el caso del diputado y por 16.800 ciudadanos en el del senador. Las firmas para convocar el referéndum podrán recogerse también en línea, pudiendo los ciudadanos firmar con cualquier forma de firma digital reconocida por la ley. No podrá celebrarse un referéndum de destitución de un parlamentario en los últimos 6 meses del mandato. El parlamentario queda destituido si la mitad más uno de los participantes en el referéndum votan a favor de la destitución, con independencia del quórum de participación. Tras constatar el Tribunal Constitucional el cese del mandato, el escaño vacante será ocupado, hasta las siguientes elecciones, por el siguiente candidato electo en la circunscripción de que se trate en las últimas elecciones.»

En el artículo 72, el apartado (3) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(3) En caso de delito flagrante, los diputados o senadores podrán ser detenidos y registrados. El Ministro de Justicia informará sin demora al Presidente de la Cámara de la detención y del registro.»

En el artículo 74, el apartado (1) se modifica y quedará redactado como sigue: → los motivos

«(1) La iniciativa legislativa corresponde, según los casos, al Gobierno, a los diputados, a los senadores o a al menos 30.000 ciudadanos con derecho de voto. Las firmas de apoyo a las iniciativas legislativas ciudadanas podrán recogerse también en línea, pudiendo los ciudadanos firmar con cualquier forma de firma digital reconocida por la ley.»

En el artículo 75, el apartado (2) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(2) La primera Cámara ante la que se presente el texto decidirá en el plazo de 45 días. Para los códigos y demás leyes de especial complejidad el plazo es de 60 días. Superados dichos plazos, los proyectos o proposiciones de ley se considerarán rechazados.»

En el artículo 82, el apartado (1) se modifica y quedará redactado como sigue: → los motivos

«(1) El resultado de las elecciones para el cargo de Presidente de Rumanía será validado por el Alto Tribunal de Casación y Justicia.»

El artículo 83 se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(1) El mandato del Presidente de Rumanía es de 4 años y se ejerce desde la fecha del juramento, que tendrá lugar en el mismo año natural que la elección del Parlamento.

(2) El Presidente de Rumanía ejercerá su mandato hasta que preste juramento el Presidente recién elegido, sin que ese mandato exceda de 4 años naturales.

(3) El mandato del Presidente de Rumanía no podrá prorrogarse por motivo alguno. Tras el fin del mandato presidencial, en caso de guerra, catástrofe o imposibilidad de celebrar elecciones presidenciales, el cargo de Presidente interino será ejercido, por este orden, por el Presidente del Senado o por el Presidente de la Cámara de Diputados, durante un periodo no superior a 12 meses, dentro del cual deberá elegirse al nuevo Presidente de Rumanía.»

En el artículo 90, después del apartado (1), se añaden los apartados (2) y (3), con el siguiente contenido: → los motivos

«(2) No podrá celebrarse referéndum alguno simultáneamente con elecciones, cualquiera que sea su naturaleza.

(3) No podrán iniciarse referéndums consultivos sobre materias respecto de las cuales la Constitución excluya la iniciativa ciudadana o que impliquen procedimientos concluidos mediante referéndums obligatorios.»

En el artículo 94, la letra b) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«b) confiere los grados de mariscal, general y almirante únicamente con el dictamen conforme de las comisiones especializadas del Parlamento.»

En el artículo 97, el apartado (2) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(2) El Presidente podrá ser destituido mediante referéndum convocado por al menos 100.000 ciudadanos con derecho de voto, que deberán proceder de al menos una cuarta parte de los condados del país. Las firmas para convocar el referéndum podrán recogerse también en línea, pudiendo los ciudadanos firmar con cualquier forma de firma digital reconocida por la ley. No podrá celebrarse un referéndum de destitución del Presidente en los últimos 6 meses del mandato. El Presidente queda destituido si la mitad más uno de los participantes en el referéndum votan a favor de la destitución, con independencia del quórum de participación.»

En el artículo 103, el apartado (1) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«El Presidente de Rumanía propondrá a la aprobación del Parlamento al candidato designado para el cargo de Primer Ministro por el partido o la alianza de partidos que ostente la mayoría en el Parlamento. Si dicho candidato no obtuviera el voto de confianza del Parlamento, el Presidente designará a otro candidato tras consultar a los partidos representados en el Parlamento.»

En el artículo 108, los apartados (2) y (3) se modifican y tendrán el siguiente contenido: → los motivos

«(2) Las decisiones se dictarán para la organización de la ejecución de las leyes. Las decisiones del Gobierno no podrán modificar ni añadir al contenido de la norma primaria que ordena su adopción.

(3) Las ordenanzas se dictarán con base en una ley especial de habilitación, dentro de los límites y en las condiciones establecidos en ella, y podrán regular exclusivamente en el ámbito reservado a las leyes ordinarias.»

En el artículo 115, los apartados (3), (5) y (6) se modifican y tendrán el siguiente contenido: → los motivos

«(3) Las ordenanzas se someterán a la aprobación del Parlamento, conforme al procedimiento legislativo, antes de expirar el plazo de habilitación. El incumplimiento del plazo conlleva el cese de los efectos de la ordenanza. (…)

(5) La ordenanza de urgencia entrará en vigor únicamente tras su presentación ante la Cámara competente para ser sometida a debate por el procedimiento de urgencia, y tras su publicación en el Boletín Oficial de Rumanía. Si las Cámaras no estuvieran reunidas, serán convocadas obligatoriamente en el plazo de 5 días desde la presentación o, en su caso, desde la transmisión. La Cámara ante la que se presente se pronunciará con carácter urgente sobre la ordenanza, en un plazo no superior a 30 días desde la presentación, transmitiéndose la ordenanza a la otra Cámara, que decidirá asimismo por el procedimiento de urgencia. La ordenanza de urgencia que contenga normas propias de ley orgánica se aprobará por la mayoría prevista en el artículo 76, apartado (1). El incumplimiento del plazo conlleva el cese de los efectos de la ordenanza de urgencia. Si, en un plazo no superior a 90 días desde su adopción por la primera Cámara, la Cámara decisoria no se hubiera pronunciado sobre la ordenanza de urgencia, ésta se considerará rechazada. *

(6) Las ordenanzas de urgencia no podrán adoptarse en el ámbito de las leyes constitucionales, no podrán afectar al régimen de las instituciones fundamentales del Estado, a los derechos, libertades y deberes previstos en la Constitución, ni a los derechos electorales, y no podrán referirse a medidas de transferencia forzosa de bienes a la propiedad pública, ni a la supresión, enajenación o concesión de bienes de propiedad pública.»

En el artículo 116, después del apartado (2), se añade un nuevo apartado (3), como sigue: → los motivos

«(3) Los cargos públicos designados, o los cargos y calidades cubiertos por designación directa, para los que no se organice concurso u oposición, podrán desempeñarse por un mandato no superior a 4 años, renovable una sola vez, salvo que la Constitución prevea otra duración del mandato u otro número de mandatos.»

En el artículo 118, los apartados (4) y (5) se modifican y tendrán el siguiente contenido: → los motivos

«(4) Los servicios de información y los asimilados a ellos se organizarán exclusivamente como órganos civiles, en las condiciones de la ley. El personal con estatuto militar podrá emplearse exclusivamente en las fuerzas armadas del Ministerio de Defensa, en la estructura de la Gendarmería Rumana, en las estructuras operativas de intervención antiterrorista de los servicios de información y en el sistema penitenciario del Ministerio de Justicia. Queda prohibida la organización de actividades militares o paramilitares al margen de una autoridad estatal.

(5) En tiempo de paz, las tropas extranjeras sólo podrán entrar, estacionarse, realizar operaciones o transitar por el territorio de Rumanía con el consentimiento previo del Parlamento y en las condiciones de la ley o de los tratados internacionales de los que Rumanía sea parte.»

En el artículo 118, después del apartado (5), se introducen los apartados (6) y (7), con el siguiente contenido: → los motivos

«(6) En el territorio de Rumanía, el mando de las fuerzas armadas rumanas o extranjeras estacionadas en las condiciones del apartado anterior corresponde exclusivamente al ejército rumano. Queda prohibida la transferencia de autoridad sobre las fuerzas armadas de Rumanía.

(7) En tiempo de paz, el presupuesto de la defensa nacional no podrá superar el 2 % del presupuesto nacional del año correspondiente.»

En el artículo 119, después del apartado (1), se introduce un nuevo apartado (2), como sigue: → los motivos

«(2) El Consejo Supremo de Defensa Nacional está integrado, por derecho propio, por el Presidente, el Primer Ministro, los presidentes de las dos Cámaras del Parlamento, el Ministro de Defensa, el Ministro de Justicia y los jefes de los servicios de información. Los jefes de los servicios de información son designados por un periodo de 4 años en sesión conjunta del Parlamento, siendo su mandato renovable una sola vez por el mismo periodo.»

En el artículo 120, después del apartado (2), se introducen cuatro nuevos apartados (3) a (6), con el siguiente contenido: → los motivos

(3) Los presidentes de los consejos provinciales, el alcalde del Municipio de Bucarest y de sus distritos, y los alcaldes de municipios, ciudades y comunas son elegidos por sufragio universal, igual, directo, secreto y libremente expresado, por un mandato de cuatro años, renovable una sola vez.

(4) Será proclamado electo el candidato que haya obtenido, en la primera vuelta, la mayoría de los votos de los electores.

(5) Cuando ninguno de los candidatos haya obtenido esa mayoría, se organizará una segunda vuelta entre los dos primeros candidatos establecidos por el orden del número de votos obtenidos en la primera vuelta. Será proclamado electo el candidato que haya obtenido el mayor número de votos.

(6) Los presidentes de los consejos provinciales, el alcalde del Municipio de Bucarest y de sus distritos, los alcaldes de municipios, ciudades y comunas, así como los concejales provinciales, generales o locales podrán ser destituidos mediante referéndum convocado por un número de ciudadanos igual a al menos el 20 % de los ciudadanos que votaron por ellos. Las firmas para convocar el referéndum podrán recogerse también en línea, pudiendo los ciudadanos firmar con cualquier forma de firma digital reconocida por la ley. No podrá celebrarse un referéndum de destitución de electos locales en los últimos 6 meses del mandato. El electo local queda destituido si la mitad más uno de los participantes en el referéndum votan a favor de la destitución, con independencia del quórum de participación.»

En el artículo 124, el apartado (3) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(3) Los jueces serán exclusivamente ciudadanos rumanos, son independientes y están sometidos únicamente a la ley. Toda disposición administrativa tiene por objeto asegurar el funcionamiento del sistema judicial sin afectar a la actividad de juzgar desarrollada por los jueces.»

En el artículo 124, después del apartado (3), se introducen dos nuevos apartados (4) y (5), con el siguiente contenido: → los motivos

«(4) Los jueces no podrán ser trabajadores operativos, incluidos los encubiertos, informadores ni colaboradores de servicio de información nacional o internacional alguno. Los jueces que hayan tenido tales calidades antes de su nombramiento serán separados del cargo.

(5) Los jueces en activo no podrán ser miembros de asociaciones y sociedades ocultas, secretas o discretas. Los jueces en activo sólo podrán ser miembros de asociaciones profesionales, y la actividad desarrollada deberá referirse al ámbito de la justicia.»

En el artículo 125, los apartados (1), (2) y (3) se modifican y tendrán el siguiente contenido: → los motivos

«(1) Los jueces nombrados para el cargo son ciudadanos rumanos y son inamovibles, en las condiciones de la ley.

(2) Las propuestas de nombramiento, así como la promoción, el traslado y la sanción de los jueces y fiscales, son competencia del Consejo Superior de la Magistratura, en las condiciones de su ley orgánica.

(3) El cargo de juez es incompatible con cualquier otro cargo público o privado, con excepción de los puestos docentes en la enseñanza superior y de los puestos docentes en el Instituto Nacional de Jueces y Fiscales y en la Escuela Nacional de Letrados.»

En el artículo 126, el apartado (3) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(3) El Alto Tribunal de Casación y Justicia asegura la interpretación y aplicación uniformes de la ley por los demás tribunales, así como la resolución de cuestiones de derecho, conforme a su competencia.»

En el artículo 132, el apartado (2) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(2) El cargo de fiscal es incompatible con cualquier otro cargo público o privado, con excepción de los puestos docentes en la enseñanza superior y de los puestos docentes en el Instituto Nacional de Jueces y Fiscales y en la Escuela Nacional de Letrados.»

El artículo 133 se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(1) El Consejo Superior de la Magistratura es el garante de la independencia de la justicia.

(2) El Consejo Superior de la Magistratura está compuesto por 15 miembros, de los cuales:

a) 10 son elegidos en las juntas generales de jueces y validados por el Senado; se eligen como sigue:

— 2 de entre los jueces de los tribunales de primera instancia, por los jueces destinados en dichos tribunales;

— 3 de entre los jueces de los tribunales provinciales, por los jueces destinados en dichos tribunales;

— 3 de entre los jueces de las audiencias, por los jueces destinados en las audiencias;

— 2 de entre los jueces del Alto Tribunal de Casación y Justicia, uno elegido por los jueces de la sala penal y otro elegido por los jueces de las demás salas;

b) 2 representantes de la sociedad civil, especialistas en el ámbito del derecho, de alta reputación profesional y moral, que no hayan pertenecido a partidos políticos en los últimos 5 años, elegidos por el Senado; participan únicamente en los trabajos del pleno;

c) el Ministro de Justicia, el Presidente del Alto Tribunal de Casación y Justicia y el Fiscal General de la Fiscalía adscrita al Alto Tribunal de Casación y Justicia.

(3) El Presidente del Consejo Superior de la Magistratura es elegido por un mandato de un año, no renovable, de entre los magistrados previstos en el apartado (2), letra a), por orden descendente de categoría profesional y de antigüedad.

(4) El Presidente del Consejo Superior de la Magistratura es elegido por un mandato de un año, que no podrá renovarse ni prorrogarse de modo alguno, de entre los jueces previstos en el apartado (2).

(5) El mandato de los miembros del Consejo Superior de la Magistratura dura 4 años.

(6) Las decisiones del Consejo Superior de la Magistratura se adoptan por voto secreto o abierto, conforme a la ley.»

El artículo 134 se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(1) El Consejo Superior de la Magistratura propone al Presidente de Rumanía el nombramiento de los jueces y fiscales, con excepción de los aspirantes en prácticas, en las condiciones de la ley, seleccionados mediante el concurso nacional anual de acceso a la magistratura, organizado por el Instituto Nacional de la Magistratura, de entre personas licenciadas en Derecho con al menos 8 años de antigüedad en profesiones jurídicas o en la enseñanza superior jurídica.

(2) Los fiscales no podrán ser desplazados ni trasladados al cargo de juez sino superando el examen previsto en el apartado (1).

(3) Los jueces y fiscales sólo podrán ser delegados o comisionados a puestos ejecutivos o de dirección por el Consejo Superior de la Magistratura, mediante examen o concurso nacional organizado por el Instituto Nacional de la Magistratura.

(4) El Consejo Superior de la Magistratura actúa como órgano jurisdiccional en materia de responsabilidad disciplinaria de jueces y fiscales, según el procedimiento previsto en su ley orgánica. En estos casos, el Ministro de Justicia, el Presidente del Alto Tribunal de Casación y Justicia y el Fiscal General de la Fiscalía adscrita al Alto Tribunal de Casación y Justicia no tienen derecho de voto. *

(5) Las decisiones del Consejo Superior de la Magistratura en materia disciplinaria podrán impugnarse ante el Alto Tribunal de Casación y Justicia. Ante el mismo tribunal podrán impugnarse las decisiones del Consejo Superior de la Magistratura que rechacen la sanción disciplinaria de jueces y fiscales.

(6) El Consejo Superior de la Magistratura ejerce también otras funciones establecidas por su ley orgánica, en cumplimiento de su papel de garante de la independencia de la justicia.

(7) La Inspección Judicial lleva a cabo la investigación preliminar de jueces y fiscales y funciona bajo la autoridad del Ministro de Justicia, como dirección con personalidad jurídica dentro del Ministerio de Justicia. En esta dirección prestan servicio los inspectores judiciales, con una carrera jurídica de al menos 12 años en puestos jurídicos, incluido el de magistrado. Los puestos de inspector judicial se cubren mediante concurso organizado a nivel nacional por el Instituto Nacional de la Magistratura, y el mandato de los inspectores judiciales dura 6 años, renovable una sola vez por el mismo periodo. Durante su mandato, los inspectores judiciales tienen los mismos derechos y obligaciones que los jueces y fiscales, siendo asimilados a ellos según la antigüedad ostentada en el puesto jurídico. Los inspectores judiciales son sancionados por el Ministro de Justicia, conforme a la ley orgánica que rige la responsabilidad de los magistrados.»

En el artículo 136, el apartado (4) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(4) Los bienes de propiedad pública son inalienables. En las condiciones de la ley orgánica, podrán confiarse en administración a autoridades autónomas o instituciones públicas, o podrán otorgarse en concesión o arrendarse; asimismo, podrán cederse en uso gratuito a instituciones de utilidad pública. Los cánones debidos en virtud de los contratos de concesión se actualizarán al nivel de los precios practicados en la Unión Europea cada cinco años.»

En el artículo 140, el apartado (3) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(3) El Tribunal de Cuentas verificará el modo de gestión de los recursos públicos e informará de sus conclusiones al Parlamento al menos una vez al año. El informe es público.»

En el artículo 142, el apartado (3) se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«(3) Tres jueces son nombrados por el Alto Tribunal de Casación y Justicia, tres por el Gobierno, dos por la Cámara de Diputados y uno por el Senado.»

El artículo 143 se modifica y tendrá el siguiente contenido: → los motivos

«Los jueces del Tribunal Constitucional deberán tener formación jurídica superior, alta competencia profesional, al menos 18 años de antigüedad en actividad jurídica o en la enseñanza superior jurídica, y no haber pertenecido a partidos políticos en los cinco años anteriores a su nombramiento para el cargo de juez.»

En el artículo 146, las letras a) a d) se modifican y tendrán el siguiente contenido: → los motivos

«a) se pronuncia sobre la constitucionalidad de las leyes, antes de su promulgación, a instancia del Presidente de Rumanía, de uno de los presidentes de las dos Cámaras, del Gobierno, del Alto Tribunal de Casación y Justicia, del Defensor del Pueblo, de al menos 20 diputados o al menos 10 senadores, así como, de oficio, sobre las iniciativas de revisión de la Constitución;

b) se pronuncia sobre la constitucionalidad de los tratados u otros acuerdos internacionales, a instancia de uno de los presidentes de las dos Cámaras, de al menos 20 diputados o al menos 10 senadores;

c) se pronuncia sobre la constitucionalidad de los reglamentos del Parlamento, a instancia de uno de los presidentes de las dos Cámaras, de un grupo parlamentario, o de al menos 20 diputados o al menos 10 senadores;

d) resuelve las excepciones de inconstitucionalidad relativas a leyes y ordenanzas, planteadas ante los tribunales o ante el arbitraje comercial; la excepción de inconstitucionalidad podrá ser planteada también directamente por el Defensor del Pueblo o por al menos 20 diputados o al menos 10 senadores;»

En el artículo 146 se deroga la letra f). → los motivos

En el artículo 147, los apartados (3) y (4) se modifican y tendrán el siguiente contenido: → los motivos

«(3) Cuando se haya establecido la constitucionalidad de un tratado o acuerdo internacional conforme al artículo 146, letra b), éste no podrá ser objeto de excepción de inconstitucionalidad por los mismos motivos de hecho y de derecho. Un tratado o acuerdo internacional declarado inconstitucional no podrá ser ratificado.

(4) Las decisiones del Tribunal Constitucional se publicarán en el Boletín Oficial de Rumanía. Desde la fecha de publicación, las decisiones son de obligado cumplimiento general y surten efecto sólo para el futuro, así como para todo el periodo durante el cual el acto normativo declarado inconstitucional produjo efectos.»

En el artículo 147, después del apartado (4), se introducen dos nuevos apartados (5) y (6), con el siguiente contenido: → los motivos

«(5) La inobservancia por jueces y fiscales de las decisiones del Tribunal Constitucional constituye falta disciplinaria y se sanciona en las condiciones establecidas por ley orgánica.»

«(6) En los casos de inconstitucionalidad declarada conforme al artículo 146, letras a) a d), la ley o el reglamento se devolverán para nuevo examen. Si la ley se adopta en la misma forma por una mayoría de al menos dos tercios de los miembros de cada Cámara, se levanta la objeción de inconstitucionalidad y la promulgación pasa a ser obligatoria.»

El Título VI de la Constitución de Rumanía se modifica y tendrá el siguiente contenido:

«Título VI — La participación de Rumanía en organismos y alianzas internacionales

Art. 148 — La supremacía de la Constitución y del interés soberano del pueblo en la conducción de las relaciones internacionales → los motivos

Rumanía cumplirá exacta y de buena fe los compromisos asumidos y las obligaciones que le incumben en virtud de los Tratados Constitutivos de los organismos y alianzas internacionales a los que se ha adherido, respetando la Constitución de Rumanía y en el interés superior y soberano del pueblo rumano.

Art. 149 — Adhesión, ratificación de los instrumentos de revisión de los tratados constitutivos y retirada de Rumanía de organismos y alianzas internacionales * → los motivos

(1) Rumanía podrá adherirse a organismos y alianzas internacionales, podrá ratificar los instrumentos de revisión de los tratados constitutivos, o podrá retirarse de los organismos y alianzas internacionales de los que sea miembro, mediante ley adoptada por decisión soberana del pueblo rumano expresada por referéndum.

(2) El referéndum sobre la adhesión, sobre la ratificación de los instrumentos que modifiquen los tratados constitutivos, o sobre la retirada de los Organismos y Alianzas de los que Rumanía sea miembro podrá ser iniciado por el Presidente de Rumanía a propuesta del Gobierno, por al menos una cuarta parte del número de diputados o de senadores, o por al menos 500.000 ciudadanos con derecho de voto. Los ciudadanos que ejerzan el derecho previsto en este artículo deberán proceder de al menos la mitad de los condados del país, y en cada uno de esos condados o en el Municipio de Bucarest deberán registrarse al menos 20.000 firmas en apoyo de la iniciativa.

(3) El proyecto de ley que prevea la adhesión, la ratificación de los instrumentos que modifiquen los tratados constitutivos, o la retirada de los Organismos y Alianzas de los que Rumanía sea miembro será adoptado por la Cámara de Diputados y por el Senado, por una mayoría de al menos dos tercios de los miembros de cada Cámara.

(4) Si no se alcanzara acuerdo mediante el procedimiento de mediación, la Cámara de Diputados y el Senado, en sesión conjunta, decidirán con el voto de al menos tres cuartas partes del número de diputados y senadores.

(5) La ley de adhesión a organismos y alianzas internacionales, de ratificación de los instrumentos de revisión de sus tratados constitutivos, o de retirada de los organismos y alianzas de los que Rumanía sea miembro se adoptará tras su aprobación por referéndum, organizado en un plazo no superior a 30 días desde la adopción del proyecto de ley o de la propuesta de revisión, y entrará en vigor en la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, de la decisión del Tribunal Constitucional que confirme los resultados del referéndum.

(6) El rechazo por referéndum de la ratificación de los instrumentos de revisión de los Tratados Constitutivos de las organizaciones y alianzas de las que Rumanía sea parte tiene por efecto la retirada de Rumanía de dichas Organizaciones o Alianzas internacionales.»

En el artículo 154, después del apartado (2), se introduce un nuevo apartado (3), con el siguiente contenido: → los motivos

«(3) Lo dispuesto en el apartado (1) del artículo 83 se aplicará desde la fecha de entrada en vigor de la presente Constitución, cesando el mandato del Presidente en ejercicio el 30 de noviembre del año en que se celebren las primeras elecciones parlamentarias tras la adopción de la presente Constitución.»

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